Legislación › Real Decreto 706/1999, de 30 de abril, de adaptación del Instituto de Crédito Oficial a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de aprobación de sus Estatutos.
Artículo 16. Normativa aplicable.
Artículo 16. Normativa aplicable.
El personal no directivo al servicio del Instituto de Crédito Oficial se regirá por lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones reguladoras de la relación laboral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. De acuerdo con ello, su selección será realizada mediante convocatoria pública basada en los principios de igualdad, mérito y capacidad.


