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Legislación › Real Decreto 770/1999, de 7 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de detergentes y limpiadores.

Disposición transitoria primera. Prórroga general de comercialización.

Disposición transitoria primera. Prórroga general de comercialización.

Con el fin de que las industrias puedan adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Reglamentación, todos los productos por ella afectados podrán seguir comercializándose en las condiciones exigidas por la anterior legislación vigente, durante un período de dieciocho meses, contados a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto.

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