Legislación › Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias.
Artículo 27.
Artículo 27.
Los planes territoriales parciales establecerán criterios para fomentar e incentivar la conservación de los núcleos de tipología tradicional y de los elementos de identidad que los caracterizan.


