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Legislación › Ley 8/1999, de 12 de abril, de Atribución de Competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa i Formentera en materia de Agricultura, Ganadería, Pesca y Artesanía.

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del «Boletín Oficial».

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del «Boletín Oficial».

Será gratuita la publicación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears» de los anuncios, los acuerdos y otros documentos exigidos por el ordenamiento jurídico, como consecuencia del ejercicio, por parte de los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa i Formentera, de las competencias atribuidas por esta Ley.

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