Legislación › Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.
Artículo 11. Modalidades.
Artículo 11. Modalidades.
Se consideran empresas turísticas:
a) Las de alojamiento.
b) Las de intermediación.
c) Las de restauración.
d) Las de información.
e) Las de actividades turísticas complementarias.


