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Legislación › Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3. Sujetos de la actividad turística.

Artículo 3. Sujetos de la actividad turística.

Se consideran sujetos de la actividad turística y por tanto sometidos a regulación por la presente Ley:

a) Las administraciones, los organismos y las empresas públicas que desarrollen actividades relacionadas con el turismo.

b) Las empresas turísticas y sus establecimientos.

c) Las profesiones turísticas.

d) Las entidades turísticas no empresariales.

e) Los usuarios de servicios turísticos.

f) Todos aquellos que presten servicios en el ámbito del sector turístico.

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