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Legislación › Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la Ley 8/1995, de 28 marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid, así como todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

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