Legislación › Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.
Artículo 2. Ámbito.
Artículo 2. Ámbito.
La presente Ley se aplicará a las cooperativas que desarrollen su actividad cooperativizada con sus socios en el territorio de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de la actividad con terceros o la instrumental o personal accesoria que puedan realizar fuera de dicho territorio.


