Legislación › Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.
Artículo 81. Concepto.
Artículo 81. Concepto.
La Asamblea general, con los requisitos y mayorías establecidos para la modificación de Estatutos, podrá acordar la cesión del activo y del pasivo a uno o varios socios, a otras cooperativas o a terceros, por mayoría de dos tercios.


