Legislación › Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.
Artículo 84. Transformación de la cooperativa.
Artículo 84. Transformación de la cooperativa.
La cooperativa podrá transformarse en sociedad civil, colectiva, comanditaria, limitada, anónima o agrupación de interés económico, siempre y cuando ello no esté prohibido, o expresamente excluido, por la legislación aplicable a cada uno de los tipos societarios en los que se transforme.


