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Legislación › Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor a los sesenta días de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiendo publicarse igualmente en el «Boletín Oficial del Estado».

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