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Legislación › Ley 5/1999, de 30 de marzo, de fomento del libro y la lectura de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional sexta.

Disposición adicional sexta.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación y Cultura, revisará y actualizará el vigente Plan Regional de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un año desde la publicación de la presente Ley.

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