LexTotal

Legislación › Orden de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el artículo 25 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.

Cuarto.

Cuarto.

Lo establecido en los apartados anteriores se entiende sin perjuicio del cumplimiento por el emisor, una vez obtenida la autorización a que se refiere la presente Sección, de los requisitos establecidos en los artículos 26 y siguientes de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y sus disposiciones de desarrollo, en aquellos casos en que resulte necesario.

← Tercero Índice Quinto →