Legislación › Orden de 2 de junio de 1999 por la que se establecen las normas para la evaluación y clasificación del personal de la Guardia Civil.
Artículo 13. En las evaluaciones para determinar la insuficiencia de facultades profesionales.
Artículo 13. En las evaluaciones para determinar la insuficiencia de facultades profesionales.
La Junta de Evaluación de carácter permanente que proceda a determinar la insuficiencia de facultades profesionales considerará aquellos elementos de valoración que tengan una relación directa con los cometidos propios de la Escala del evaluado y del empleo que ostente.


