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Legislación › Orden de 2 de junio de 1999 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General.

Artículo 11. De las funciones de la Junta de Profesores.

Artículo 11. De las funciones de la Junta de Profesores.

La Junta de Profesores, en pleno o en comisiones, asesorará al Director del centro sobre los siguientes asuntos:

a) Programación general del centro y, en particular, la de sus actividades docentes e investigadoras.

b) Análisis de las actividades del curso finalizado y propuesta de modificaciones a introducir en dichas actividades.

c) Fijación y coordinación de criterios generales sobre evaluación de los alumnos y recuperación de asignaturas o materias pendientes.

d) Promoción de iniciativas en el ámbito de la investigación pedagógica y de la metodología de la enseñanza.

e) Desarrollo y coordinación de actividades complementarias.

f) Cualesquiera otros que decida someter a su consideración el Director del centro.

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