Legislación › Orden de 2 de junio de 1999 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Dirección General de la Guardia Civil y el régimen del profesorado de los centros docentes de dicha Dirección General.
Artículo 28. Ámbito de aplicación.
Artículo 28. Ámbito de aplicación.
El régimen del profesorado establecido en estas normas será de aplicación a todos los profesores que, impartiendo enseñanza de formación, de perfeccionamiento o de altos estudios, ejerzan sus funciones en cualquier centro docente de la Dirección General de la Guardia Civil.


