LexTotal

Legislación › Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado.

Artículo 22. Formas.

Artículo 22. Formas.

Las enajenaciones de bienes inmuebles se llevarán a cabo normalmente por el procedimiento de pública subasta, salvo cuando proceda la enajenación directa de acuerdo con lo previsto en este Estatuto.

← Artículo 21 Índice Artículo 23 →