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Legislación › Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado.

Artículo 32. Régimen jurídico.

Artículo 32. Régimen jurídico.

Con arreglo a la normativa urbanística aplicable, para el mejor cumplimiento de las funciones que corresponden a la GISE, podrán celebrarse convenios urbanísticos con Comunidades Autónomas, Corporaciones locales o entidades instrumentales de éstas que podrán referirse a las propias necesidades que se trata de satisfacer mediante la elaboración y aprobación del planeamiento urbanístico adecuado o a las actuaciones jurídicas necesarias para la ejecución del planeamiento ya aprobado.

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