LexTotal

Legislación › Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado.

Artículo 35. Régimen retributivo.

Artículo 35. Régimen retributivo.

El régimen retributivo de los funcionarios y del personal al servicio de la GISE se regirá por las normas generales aplicables a la Administración General del Estado, con las peculiaridades, en su caso, del régimen de los que procedan de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y se concretará en los correspondientes catálogos y relación de puestos de trabajo.

← Artículo 34 Índice Artículo 36 →