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Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 10 de julio de 1999 · Último cambio el 28 de julio de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Beneficiarios de la compensación económica o uso de vivienda. 3 redacciones · cambió el 24/12/2009
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Régimen de la compensación económica. 2 redacciones · cambió el 24/12/2009
- Artículo 4. Viviendas militares.
- Artículo 5. Destino de las viviendas militares. 2 redacciones · cambió el 24/12/2009
- Artículo 6. Derecho de uso de vivienda militar.
- Artículo 7. Canon arrendaticio de uso y tasas.
- Artículo 8. Régimen de adjudicación de las viviendas militares no enajenables.
- Artículo 9. Pérdida del derecho de uso de las viviendas militares no enajenables.
- Artículo 10. Resolución de contratos de las viviendas militares. 4 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Artículo 11. Ayudas para el acceso a la propiedad de la vivienda.
- Artículo 12. Incompatibilidades.
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Clasificación, adscripción y régimen jurídico.
- Artículo 14. Funciones.
- Artículo 15. Capacidad legal.
- Artículo 16. Régimen patrimonial.
- Artículo 17. Fin de la vía administrativa.
- Disposición adicional primera. Pabellones de cargo.
- Disposición adicional segunda. Normas para la enajenación de viviendas militares y demás inmuebles. 3 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Disposición adicional tercera. Enajenación de otros inmuebles del dominio público.
- Disposición adicional cuarta. Personal del Centro Superior de Información de la Defensa.
- Disposición adicional quinta. Determinación de viviendas militares no enajenables.
- Disposición adicional sexta. Situaciones administrativas distintas al servicio activo.
- Disposición adicional séptima. Asignación especial de vivienda militar.
- Disposición adicional octava. Otras medidas de carácter especial. 2 redacciones · cambió el 31/12/2003
- Disposición adicional novena. Oferta de viviendas militares en régimen de arrendamiento especial a personal militar con una relación de servicios de carácter temporal y compromiso de larga duración.
- Disposición adicional décima. Protección específica en determinados supuestos.
- Disposición transitoria primera. Archivo de expedientes.
- Disposición transitoria segunda. Desahucios administrativos y judiciales.
- Disposición transitoria tercera. Suspensión de la adjudicación de viviendas.
- Disposición transitoria cuarta. Derecho a seguir percibiendo la compensación económica.
- Disposición transitoria quinta. Adecuación presupuestaria del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
- Disposición transitoria sexta. Inmuebles en proceso de enajenación.
- Disposición transitoria séptima. Incorporación al régimen general de viviendas militares no administradas por el Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo de la Ley.
- Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


