Legislación › Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
Artículo 38. Funciones y nombramiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 1999 y la del 10 de abril de 2026.
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Artículo 38. Funciones y nombramiento.
1. La existencia del órgano social de intervención tendrá naturaleza voluntaria en las cooperativas sujetas al ámbito de la presente ley. En todo caso, las cooperativas que dispongan y regulen esta figura en sus estatutos sociales estarán sujetas a las siguientes reglas:
1.ª La Intervención, como órgano de fiscalización de la cooperativa, tiene como funciones, además de las que expresamente le encomienda esta Ley, ley, las que le asignen los Estatutos, estatutos, de acuerdo a su naturaleza, que no estén expresamente encomendadas a otros órganos sociales.
La Intervención puede consultar y comprobar toda la documentación de la cooperativa y proceder a las verificaciones que estime necesarias.
2. 2.ª Los Estatutos estatutos fijarán, en su caso, el número de interventores personas interventoras titulares, que no podrá ser superior al de consejeros, pudiendo, asimismo, establecer la existencia y número de suplentes. Los Estatutos, estatutos, que podrán prever renovaciones parciales, fijarán la duración de su mandato de entre tres y seis años, pudiendo ser reelegidos.
3. Los interventores 3.ª Las personas interventoras serán elegidos elegidas entre los socios las personas socias de la cooperativa. Cuando se trate de persona jurídica, esta deberá nombrar designar a una persona física para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Un tercio de los interventores las personas interventoras podrá ser designado entre expertos personas expertas independientes.
4. El interventor 4.ª La persona o interventores personas interventoras titulares y, si los las hubiere, los las suplentes, serán elegidos elegidas por la Asamblea General, en votación secreta, por el mayor número de votos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-7967 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 1999 | Texto original | Leer |


