Legislación › Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
Disposición adicional decimoquinta. Competencia exclusiva de las comunidades autónomas.
Disposición adicional decimoquinta. Competencia exclusiva de las comunidades autónomas.
La regulación contenida en esta norma será de aplicación a las sociedades cooperativas previstas en el apartado a) del artículo 2, sin perjuicio del ejercicio, el alcance y el desarrollo de la competencia exclusiva en materia de cooperativas así recogida en los Estatutos de Autonomía.
Se añade por el art. 1.37 de la Ley 1/2026, de 8 de abril. BOE-A-2026-7967
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