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Legislación › Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.

Disposición adicional duodécima. Medidas de fomento para la creación de empleo.

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Disposición adicional duodécima. Medidas de fomento para la creación de empleo.
Serán de aplicación a los socios trabajadores las personas socias trabajadoras de las cooperativas de trabajo asociado y a los socios las personas socias de trabajo de las otras clases de cooperativas todas las normas e incentivos sobre trabajadores personas trabajadoras por cuenta ajena que tengan o, en su caso, sobre personas trabajadoras por objeto la consolidación y creación de empleos estables, tanto las relativas a la Seguridad Social como a las modalidades de contratación. cuenta propia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de abril de 2026 En vigor BOE-A-2026-7967 Leer Qué cambió
6 de agosto de 1999 Texto original Leer

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