Legislación › Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha.
Artículo 56. Libro de Inspección.
Artículo 56. Libro de Inspección.
Todas las empresas y establecimientos turísticos dispondrán de un Libro de Inspección de Turismo, en el que se hará constar el resultado de las visitas y referencia sucinta del acta de inspección levantada.


