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Legislación › Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha.

Disposición transitoria segunda.

Disposición transitoria segunda.

En tanto no se establezcan reglamentariamente las garantías a cubrir por aquellas Agencias de Viajes que no revistan la forma de sociedad mercantil, serán las mismas que las exigidas a éstas.

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