Legislación › Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha Contra los Incendios Forestales.
Disposición final segunda. Supletoriedad.
Disposición final segunda. Supletoriedad.
En lo no previsto en la presente Ley y demás normativa que resulte de aplicación regirá con carácter supletorio lo establecido en la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y en el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía.


