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Legislación › Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha Contra los Incendios Forestales.

Disposición final segunda. Supletoriedad.

Disposición final segunda. Supletoriedad.

En lo no previsto en la presente Ley y demás normativa que resulte de aplicación regirá con carácter supletorio lo establecido en la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, y en el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía.

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