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Legislación › Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid.

Artículo 1. Objeto.

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Artículo 1. Objeto.
La presente Ley tiene por Es objeto de la regulación del comercio interior en presente Ley el ámbito establecimiento de la Comunidad un marco jurídico para el desarrollo de Madrid la actividad comercial minorista, con el fin de ordenar avanzar en la modernización y mejorar especialización de las estructuras comerciales. comerciales de la Región, y en el logro de un modelo comercial basado en la diversidad y pluralidad de su oferta.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de julio de 2008 En vigor BOE-A-2008-15147 Leer Qué cambió
19 de mayo de 1999 Texto original Leer

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