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Legislación › Ley 17/1999, de 29 de abril, sobre aprovechamiento de pastos y rastrojeras para la protección de la ganadería extensiva.

Disposición local segunda.

Disposición local segunda.

El Gobierno, mediante Decreto, podrá modificar las Cargas Ganaderas máximas por tipo de superficie y las equivalencias en UGM que figuran en la disposición adicional segunda, así como revisar periódicamente las sanciones consistentes en multas en proporción a la elevación de los precios y actualización de la moneda.

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