Legislación › Ley 20/1999, de 3 de mayo, del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama y su entorno.
Artículo 14. Delimitación.
Artículo 14. Delimitación.
Corresponde a la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional la fijación de los límites del Parque Regional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 y en el anexo cartográfico de esta Ley, resolviendo las dudas que pudieran plantearse en la interpretación de los mismos.


