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Legislación › Ley 20/1999, de 3 de mayo, del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama y su entorno.

Artículo 14. Delimitación.

Artículo 14. Delimitación.

Corresponde a la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional la fijación de los límites del Parque Regional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 y en el anexo cartográfico de esta Ley, resolviendo las dudas que pudieran plantearse en la interpretación de los mismos.

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