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Legislación › Ley 20/1999, de 3 de mayo, del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama y su entorno.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Mientras no haya sido aprobado el Plan Rector de Uso y Gestión, los proyectos y actuaciones que se programen deberán contar con informe preceptivo y vinculante de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, que deberá emitirse en un plazo máximo de sesenta días.

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