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Legislación › Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

V-12

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de julio de 1999 y la del 23 de julio de 2010. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras). Volver al texto en vigor

V-12. PLACA DE ENSAYO O INVESTIGACIÓN
1. Indica que el vehículo está efectuando pruebas especiales o ensayos de investigación.
2. Esta señal se colocará, una en la parte anterior y otra en la posterior del vehículo, al lado de la placa de matrícula.
3. En la señal deberán figurar las letras F.V. embutidas, y sus dimensiones, color características técnicas se ajustarán a lo dispuesto a continuación:
Dimensiones (mm) de las placas anterior y posterior
·
Motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos de tres ruedas y cuatriciclos
·
Demás vehículos
·
Longitud de la placa
·
150
·
187,5
·
Altura de la placa
·
75
·
100
·
Altura de las letras
·
50
·
66,5
·
Anchura de las letras
·
45
·
50
·
Espacio entre letras
·
20
·
29
·
Grueso uniforme del trazo
·
6
·
6,5
·
LÁMINA RETRORREFLECTANTE
·
Fondo: ROJO NIVEL 2 Caracteres: BLANCO MATE.
·
MATERIAL DEL SUSTRATO
·
Placa soporte: Plancha de alurninio aluminio de 1.4 1,4 ± 0.1 mm tipo AL F. mm. Aleación 1.200 H14 y/o H24. Se autoriza cualquier otro material que presente características mecánicas o físicas equivalentes teniendo en cuenta su estabilidad temporal.
·
BORDÓN
·
Exteriormente a la superfície reflectante y en todo su contorno, las placas llevarán un reborde (bordón) con una embutición de 08 ± 0.2 mm, pintado en negro, plano de 5 mm.
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de julio de 2010 En vigor BOE-A-2010-1011 Leer Qué cambió
26 de julio de 1999 Texto original Leer

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