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Legislación › Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General.

Artículo 36. Faltas disciplinarias.

Artículo 36. Faltas disciplinarias.

Las faltas disciplinarias se clasificarán en leves, graves y muy graves.

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