Legislación › Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General.
Artículo 36. Faltas disciplinarias.
Artículo 36. Faltas disciplinarias.
Las faltas disciplinarias se clasificarán en leves, graves y muy graves.


