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Legislación › Real Decreto 2828/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Odontólogos y Estomatólogos y de su Consejo General.

Disposición transitoria segunda. Constitución del Consejo Interautonómico.

Disposición transitoria segunda. Constitución del Consejo Interautonómico.

Las elecciones a que se refiere el artículo 51.a) y la disposición transitoria anterior y la constitución del Consejo Interautonómico, deberán celebrarse en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de los presentes Estatutos.

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