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Legislación › Real Decreto 1464/1999, de 17 de septiembre, sobre actividades de la primera parte del ciclo del combustible nuclear.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de los contratos de suministro.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de los contratos de suministro.

Las disposiciones de este Real Decreto no afectarán a la vigencia de los derechos y obligaciones derivados de los contratos suscritos entre ENUSA y los explotadores de centrales nucleares al amparo de la normativa que se deroga, quedando a la voluntad de ambas partes el futuro de los mismos.

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