Legislación › Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo.
Artículo 11. Relación con los Tribunales.
Artículo 11. Relación con los Tribunales.
El Ministerio del Interior podrá recabar de los Tribunales de Justicia los antecedentes, datos o informes que resulten necesarios para la tramitación de los expedientes.


