Legislación › Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
Artículo 51. Obligaciones respecto a sus bienes.
Artículo 51. Obligaciones respecto a sus bienes.
1. Las entidades locales tienen la obligación de conservar, proteger y mejorar sus bienes.
2. Las actuaciones de conservación, mantenimiento, custodia y mejora que correspondan a las entidades locales respecto de los bienes integrantes del patrimonio histórico de Andalucía deberán sujetarse a lo previsto en su normativa específica.


