Legislación › Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Artículo 15. Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de noviembre de 1999 y la del 7 de octubre de 2021.
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Artículo 15. Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales.
1. El Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales, tendrá a su cargo las siguientes funciones: (Derogado)
a) Participar en su ámbito territorial en las actividades formativas del Instituto de Estudios Fiscales.
b) Colaborar genéricamente y asumir proyectos concretos de elaboración de material didáctico para la preparación de las diversas pruebas selectivas, cuando así se les requiera desde órganos centrales competentes en materia de selección de personal.
c) Colaborar en los proyectos en los que participa el Instituto de Estudios Fiscales, junto con diversos organismos internacionales y con las Comunidades Autónomas. En el caso de la Comunidad Autónoma correspondiente a su ámbito territorial, el Centro Regional asume también la función de impulso del convenio de colaboración.
d) Desarrollar cursos de postgrado y de formación específica en Derecho Financiero y demás materias relacionadas con la Hacienda Pública, en cooperación con universidades y otras entidades que realicen actividades relacionadas con dicho ámbito, ubicadas ambas en su demarcación territorial, y en el marco de las directrices del Instituto de Estudios Fiscales.
e) Gestionar el servicio de biblioteca y colaborar en la elaboración y difusión de publicaciones en el marco de las directrices de los órganos centrales competentes.
2. La estructura de esta Dependencia se establecerá en la correspondiente relación de puestos de trabajo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-16236 | Leer | Qué cambió |
| 25 de noviembre de 1999 | Texto original | Leer |


