Legislación › Orden de 18 de noviembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, que regula las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Disposición transitoria tercera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de noviembre de 1999 y la del 7 de octubre de 2021.
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Disposición transitoria tercera.
En tanto la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales no realice la atribución de competencias prevista en el artículo 26.11.1.aj) del Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, las Delegaciones de Economía y Hacienda continuarán ejerciendo en las materias del ámbito funcional de la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales, las mismas competencias que les correspondían con anterioridad. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-16236 | Leer | Qué cambió |
| 25 de noviembre de 1999 | Texto original | Leer |
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