Legislación › Ley 8/1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana.
Artículo 32. Duración, modificaciones y revisiones del Plan Rector de Uso y Gestión.
Artículo 32. Duración, modificaciones y revisiones del Plan Rector de Uso y Gestión.
La vigencia temporal del Plan Rector de Uso y Gestión del Espacio Natural Doñana será de un mínimo de cuatro años, prorrogables por el Consejero de Medio Ambiente hasta un máximo de seis años, debiendo revisarse al final del periodo, tras la evaluación del Plan Rector de Uso y Gestión o antes si fuera necesario.


