Legislación › Real Decreto 1912/1999, de 17 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo.
Artículo 8. Plazo para notificar las resoluciones.
Artículo 8. Plazo para notificar las resoluciones.
El plazo máximo para notificar la resolución al interesado será de doce meses, contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en cualquiera de los registros del Ministerio del Interior, entendiéndose estimadas las solicitudes sobre las que no se haya notificado la resolución dentro del plazo señalado.


