Legislación › Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto y el Reglamento por él aprobado entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".


