LexTotal

Legislación › Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

Disposición final segunda. Habilitación.

Disposición final segunda. Habilitación.

Se faculta al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento y ejecución de la presente Ley.

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →