Legislación › Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Disposición transitoria undécima. Régimen transitorio de la modificación introducida en el apartado 4.o del artículo 55.1 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.
Disposición transitoria undécima. Régimen transitorio de la modificación introducida en el apartado 4.o del artículo 55.1 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.
La modificación introducida, en virtud de lo previsto en el apartado cuatro del artículo 1 de esta Ley, en el apartado 4.º del artículo 55.1 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias, surtirá efectos desde el 1 de enero de 1999.
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