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Legislación › Orden de 22 de diciembre de 1999 por la que se crea un segmento especial de negociación en las Bolsas de Valores denominado "Nuevo Mercado" y se modifican los requisitos de admisión a Bolsa.

Segundo. Modificación de la Orden de 19 de junio de 1997 sobre requisitos de admisión a negociación en Bolsas de Valores.

Segundo. Modificación de la Orden de 19 de junio de 1997 sobre requisitos de admisión a negociación en Bolsas de Valores.

La letra a) del número primero de la Orden quedará como sigue:

«a) Que la entidad emisora, con independencia del plazo que haya transcurrido desde su constitución, aporte un informe a la Comisión Nacional del Mercado de Valores de su órgano de administración sobre las perspectivas de negocio y financieras de la entidad y sobre las consecuencias que, a su particular juicio, tendrán sobre la evolución de sus resultados en los ejercicios venideros. Dicha información deberá incluirse en la información que la Comisión Nacional del Mercado de Valores registre y ponga a disposición del público con ocasión de la verificación del folleto correspondiente, con el fin de que el mercado y los potenciales inversores puedan obtener una imagen adecuada de la inversión en dichos valores.»

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