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Legislación › Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona.

Artículo 25.

Artículo 25.

1. Los acuerdos de los órganos colegiados del distrito deben adoptarse por mayoría simple de sus miembros, salvo lo dispuesto en el artículo 23.3.

2. Se puede recurrir ante el Alcalde o Alcaldesa contra los actos de los órganos del distrito que sean definitivos o que, incluso siendo de trámite, decidan directamente o indirectamente el fondo del asunto de forma que pongan fin al procedimiento o bien suspendan su continuación, o que causen indefensión.

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