Legislación › Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona.
Artículo 71.
Artículo 71.
La autorización de instalación y apertura de actividades, industrias y establecimientos de cualquier tipo requiere, en cualquier caso, la autorización del Ayuntamiento de Barcelona. Este debe asumir también, por delegación, el trámite de calificación y el informe de la actividad.


