Legislación › Ley 22/1998, de 30 de diciembre, de la Carta Municipal de Barcelona.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
Para la revisión de la presente Carta municipal, debe aplicarse el mismo sistema establecido en la disposición transitoria primera, apartado 2, de la Ley 8/1987, de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña.
Se numera por el art. 12.2 de la Ley 18/2014, de 23 de diciembre. BOE-A-2015-469.
Anteriormente era la disposición adicional única.
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