Legislación › Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de Estadística de Cataluña.
Artículo 18.
Artículo 18.
El Instituto de Estadística de Cataluña elaborará y propondrá las normas técnicas por las cuales se regirán las estadísticas de interés de la Generalidad. Estas normas son aprobadas por decreto del Gobierno a propuesta del Consejero o Consejera de Economía y Finanzas.


