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Legislación › Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de Estadística de Cataluña.

Artículo 30.

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Artículo 30.
Se puede permitir 1. El Instituto de Estadística de Cataluña y las instituciones y los órganos del Sistema Estadístico de Cataluña deben impulsar y facilitar la utilización de la información estadística disponible para mejorar la evaluación de las políticas públicas de las administraciones de Cataluña, y también para hacer un seguimiento y programar futuras políticas a emprender.
2. Puede permitirse a
los institutos de investigación científica y científica, a los investigadores investigadores, a los centros de investigación y a las entidades de derecho público dedicadas al diseño, la planificación, la programación, el seguimiento y la evaluación de políticas públicas acceder a los datos amparados confidenciales con finalidades científicas amparadas por el secreto estadístico, en determinadas condiciones establecidas por reglamento, siempre que estos datos no permitan una identificación directa de las personas personas, respetando la legislación en materia de protección de datos y que estas instituciones o personas cumplan el secreto estadístico.
3. El Gobierno debe determinar por decreto, en los términos establecidos por los principios generales fijados por el Código de buenas prácticas de
las condiciones adecuadas estadísticas europeas y de conformidad con lo establecido por la legislación en materia de protección de datos personales, el objeto procedimiento de garantizar autorización para acceder a los datos, de acuerdo con los siguientes requerimientos:
a) El proyecto de investigación debe ser solicitado por una persona física o jurídica reconocida.
b) Debe haberse presentado una propuesta de investigación pertinente.
c) Debe haberse indicado
la información a la que se desea tener acceso.
d) Deben concurrir las garantías adecuadas para la
protección física e informática de los datos amparados y evitar cualquier riesgo la seguridad de divulgación ilícita. la información.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2017 En vigor BOE-A-2017-523 Leer Qué cambió
28 de enero de 1999 Texto original Leer

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