Legislación › Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro.
Artículo 35. Pago.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1999 y la del 15 de marzo de 2024.
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Artículo 35. Pago.
Deben determinarse por reglamento los períodos temporales y los requisitos formales de acuerdo con los que debe hacerse efectivo el pago de la tasa que grava los juegos de suerte, envite o azar. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de marzo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-6951 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | Texto original | Leer |


